De los requisitos para la expedición de licencias sanitarias en termínales portuarios . Para la expedición o renovación de la licencia sanitaria para terminales portuarios a que se refiere el presente Decreto, se requiere
Solicitud por duplicado presentada por el interesado en forma personal o mediante apoderado, ante el Ministerio de Salud o la autoridad en quien éste delegue;
Nombre y dirección del representante legal;
Nombre o razón social del establecimiento;
Ubicación del establecimiento;
Descripción de las características del establecimiento;
Especificaciones y descripción de actividades a desarrollar;
Concepto favorable del Ministerio de la Defensa sobre aspectos específicos de seguridad nacional, cuando se trate de terminales marítimos, fluviales y aéreos, categoría I y II;
Concepto del Instituto Nacional de Recursos Naturales Renovables sobre las implicaciones ecológicas de su funcionamiento e impacto ambiental;
Documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos señalados en el Capítulo III del presente Decreto, de acuerdo con la clasificación correspondiente.