De La División De Auditoría De Entidades Financieras Y Seguros . Corresponde a la División de Auditoría de Entidades Financieras y de Seguros, por medio de las secciones que la integran, desarrollar las siguientes funciones
Dirigir, coordinar y controlar las actividades de la División;
Elaborar los programas específicos de auditoría financiera y operativa;
Practicar la auditoría financiera a las entidades señaladas en el artículo 22 de la Ley 20 de 1975, con el objeto de analizar y proyectar los informes y dictámenes para la aprobación de los balances y demás estados financieros de dichas entidades;
Supervisar y evaluar la ejecución de los programas específicos de auditoría;
Preparar y revisar los Informes y dictámenes de auditoría que serán sometidos a través de la Dirección a consideración del Contralor General de la República;
Practicar las visitas periódicas a las oficinas de revisoría o auditoría interna de que trata el artículo 23 de la Ley 20 de 1975;
Practicar la auditoría y examen de la Cuenta Especial de Cambio de que trata el artículo 25 de la Ley 20 de 1975;
Organizar, mantener y custodiar el archivo permanente de los papeles de trabajo resultantes de cada auditoría practicada;
Proponer a la Dirección los cursos y seminarios en materias específicas para la actualización de los auditores financieros.