°. Modificar el artículo primero del Decreto 1403 del 12 de julio de 2001, en el sentido de que la autorización conferida al doctor Juan Manuel Santos Calderón es para que acepte únicamente el pago por parte de la Corporación Andina de Fomento, CAF, de los viáticos durante su estadía en la ciudad de Caracas (Venezuela).
Decreto 1650 de 2001 →Vigente
Artículo 1
Modificar El Artículo Primero Del Decreto 1403 Del 12 De Julio De 2001, En El Sentido De Que La Autorización Conferida Al Doctor Juan Manuel Santos Calderón Es Para Que Acepte Únicamente El Pago Por Parte De La Corporación Andina De Fomento, Caf, De Los Viáticos Durante Su Estadía En La Ciudad De Caracas (Venezuela)
Decreto 1650 de 2001 · por el cual se modifican los artículos primero y segundo del Decreto número 1403 del 12 de julio de 2001.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.