Autorízase el trabajo suplementario de la Imprenta Nacional cuando lo considere indispensable el Director Administrativo.
Este trabajo será remunerado de acuerdo con las normas contenidas al respecto en el Código Sustantivo del Trabajo.
Ley 6 de 1965 · Por la cual se dictan unas disposiciones sobre dos (2) Instituciones de reconocido interés social en Barranquilla, en concordancia con la Ley 71 de 1946, y se dictan otras disposicones
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Autorízase el trabajo suplementario de la Imprenta Nacional cuando lo considere indispensable el Director Administrativo.
Este trabajo será remunerado de acuerdo con las normas contenidas al respecto en el Código Sustantivo del Trabajo.
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.