Micelio

Artículo 2

Recursos Del Fondo Nacional De Regalías En Liquidación Para Culminar Proyectos De Inversión

Decreto 2179 de 2017 · Por el cual se prorroga el plazo para la liquidación del Fondo Nacional de Regalías en Liquidación y se dictan otras disposiciones para el cierre de dicho Fondo en liquidación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Recursos del Fondo Nacional de Regalías en Liquidación para culminar proyectos de inversión. De conformidad con lo establecido en el artículo 128 de la Ley 1873 de 2017 que decreta el Presupuesto General de la Nación para la vigencia 2018, para efectos del giro de los saldos pendientes a los proyectos de inversión financiados con recursos del Fondo Nacional de Regalías en Liquidación con anterioridad al 31 de diciembre de 2017, una vez ejecutoriados los correspondientes actos administrativos de cierre, se entregarán al DNP con el fin de que efectúe el respectivo desembolso con cargo a las apropiaciones de gastos de inversión para la vigencia fiscal 2018. De acuerdo con lo anterior, el Liquidador no podrá contraer nuevos compromisos ni obligaciones de carácter presupuestal.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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