Serán funciones de esta Dirección, las siguientes:
Estudiar y promover el desarrollo del comercio interno, preparar los planes indicativos del sector y evaluar periódicamente sus resultados con el fin de proponer los ajustes que sean necesarios;
Analizar los diferentes factores y problemas estructurales que inciden en la distribución y consumo de bienes y servicios, en coordinación con las superintendencias adscritas al Ministerio y con las demás entidades que adelanten estudios en este campo;
Analizar, en coordinación con las entidades oficiales correspondientes y con la Oficina Jurídica del Ministerio, las normas legales relativas al comercio interno y proponer las modificaciones que se consideren convenientes;
Coordinar con las entidades que designe el reglamento, las labores de comercialización interna y prestarle servicios de orientación sobre las políticas, planes y programas del Ministerio y de sus organismos descentralizados, en relación con la misma materia;
Servir como organismo asesor y secretarial del Consejo Superior de Comercio Interno y del Consejo Nacional de Protección al Consumidor, para lo cual diseñará y elaborará tanto los estudios, planes, programas y medidas específicas para su implementación que deban someterse a consideración de estos comités, así como aquellos que éstos mismos ordenen elaborar;
Coordinar con la Dirección General de Tecnología lo relacionado con la tecnología comercial;
Desarrollar las demás actividades que le asignen la ley, o el reglamento.