Micelio

Artículo 52

La Junta Directiva Del Instituto, Dentro Del Término Indicado En El Artículo 38 Del Decreto 3130 De 1968, Elaborara, Para Aprobación Del Gobierno Nacional, El Proyecto De Estatuto De Su Personal En Que Se Determinen Las Condiciones Para La Creación, Supresión Y Fusión De Cargos Y Acceso Al Servicio Las Situaciones Administrativas Y El Régimen Disciplinario; El Campo De Aplicación De La Carrera Administrativa Y Los Procedimientos Correspondientes, Lo Mismo Que Todo Lo Referente A La Clasificación De Los Empleos, Viáticos, Horas Extra, Prestaciones Sociales Y Requisitos Para El Otorgamiento De Comisiones En El Interior O En El Exterior

Decreto 822 de 1969 · Por el cual se aprueban los estatutos del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Junta Directiva del instituto, dentro del término indicado en el artículo 38 del Decreto 3130 de 1968, elaborara, para aprobación del gobierno Nacional, el proyecto de estatuto de su personal en que se determinen las condiciones para la creación, supresión y fusión de cargos y acceso al servicio las situaciones administrativas y el régimen disciplinario; el campo de aplicación de la carrera administrativa y los procedimientos correspondientes, lo mismo que todo lo referente a la clasificación de los empleos, viáticos, horas extra, prestaciones sociales y requisitos para el otorgamiento de comisiones en el interior o en el exterior. CAPITULO XV Régimen jurídico de los actos y contratos.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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