°. Si el Gobierno Nacional considera necesaria la presencia de los Delegados Presidenciales en los escrutinios que hacen los Delegados de la Corte electoral (antes Consejos Electorales Departamentales), tendrán aquéllos, además de las atribuciones señaladas a los mismos por este Decreto, las que les confieren los Decretos 861 y 2494 de 1915, y que no estén derogadas por la Ley 89 de 1918.
Decreto 1511 de 1949 →Vigente
Artículo 2
Si El Gobierno Nacional Considera Necesaria La Presencia De Los Delegados Presidenciales En Los Escrutinios Que Hacen Los Delegados De La Corte Electoral (Antes Consejos Electorales Departamentales), Tendrán Aquéllos, Además De Las Atribuciones Señaladas A Los Mismos Por Este Decreto, Las Que Les Confieren Los Decretos 861 Y 2494 De 1915, Y Que No Estén Derogadas Por La Ley 89 De 1918
Decreto 1511 de 1949 · sobre funciones a los Delegados Presidenciales.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.