Micelio

Artículo 3

Decreto 1849 de 1966 · Por el cual se adiciona el Decreto número 804 de 1966

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo tercero. Este Decreto rige desde su sanción; tiene efectos fiscales a partir del 1° de abril del presente año, y deroga las disposiciones que le sean contrarias. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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