El enfriamiento de la leche podrá realizarse
En los hatos de primera categoría;
En los hatos de segunda categoría;
En las plantas para enfriamiento o centrales de recolección.
El Enfriamiento De La Leche Podrá Realizarse: A) En Los Hatos De Primera Categoría; B) En Los Hatos De Segunda Categoría; C) En Las Plantas Para Enfriamiento O Centrales De Recolección
Decreto 2437 de 1983 · Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 9ª de 1979, en cuanto a Producción, Procesamiento, Transporte y Comercialización de la Leche
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
El enfriamiento de la leche podrá realizarse
En los hatos de primera categoría;
En los hatos de segunda categoría;
En las plantas para enfriamiento o centrales de recolección.
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.