Negación de la Licencia Sanitaria de Funcionamiento. Transcurrido el término anterior, sin que se hayan cumplido las recomendaciones, el Ministerio de Salud, a través de la Dirección de Vigilancia y Control o la entidad que haga sus veces, mediante resolución motivada negará la solicitud de Licencia Sanitaria de Funcionamiento, la cual se notificará personalmente al interesado, de conformidad con los trámites estipulados en el Código Contencioso Administrativo.
Decreto 1524 de 1990 →Vigente
Artículo 27
Negación De La Licencia Sanitaria De Funcionamiento
Decreto 1524 de 1990 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 09 de 1979 Título VI y XI en lo referente a fabricación, envase o empaque, almacenamiento y expendio de los Productos Naturales con usos terapéuticos tradicionales, empíricos y las Preparaciones Farmacéuticas a base de los mismos.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.