Micelio

Artículo 2.12.3.8.3.4

Nuevas Entidades Territoriales

Decreto 1068 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Nuevas entidades territoriales. El cubrimiento del pasivo pensional por parte de las nuevas entidades territoriales será verificado por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público-Dirección de Regulación Económica de la Seguridad Social, con base en el acto de creación y en cruces de información que realice con la Contaduría General de la Nación, los organismos de control y las entidades de las cuales las nuevas entidades fueren segregadas. (Artículo 14 Decreto 4105 de 2004)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1068 de 2015