Micelio

Artículo 3

O

Decreto 2319 de 1995 · por el cual se reglamenta el numeral 5 del artículo 7 de los Decretos 1287, 1288 y 1289 de 1994.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

o . La designación de los representantes de la comunidad ante la Junta Directiva de las Entidades de que trata el presente Decreto, deberá efectuarse en Asamblea General de la Alianza o Asociación respectiva, y se hará para períodos de dos (2) años.

Parágrafo

De la designación de los representantes de la comunidad ante las Juntas Directivas de las entidades a las cuales se refiere el presente Decreto, se dará comunicación por escrito al Ministerio de Salud, a la Superintendencia de Salud y a la respectiva entidad, dentro de los cinco (5) días siguientes a la fecha en la cual se lleve a cabo la respectiva designación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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