Designación por el Presidente de la República. El Presidente de la República hará la designación de representantes principal y suplente de los jubilados y empleados del Congreso con base en las listas de las personas que tengan el carácter de tales. Las listas respectivas deberán ser enviadas por el Director General del Fondo de Previsión Social del Congreso de la República, por conducto del Ministerio de Salud y Protección Social. (Decreto 1672 de 1985, artículo 4, modificado por el Decreto 1797 de 1988, artículo 2°) CAPÍTULO 10 ECOPETROL
Decreto 1833 de 2016 →Vigente
Artículo 2.2.4.9.13
Designación Por El Presidente De La República
Decreto 1833 de 2016 · por medio del cual se compilan las normas del Sistema General de Pensiones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.