Micelio

Artículo 3

Ley 39 de 1892 · por la cual se autoriza al Consejo Municipal de Pasto para hacer una cesión

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 3. ° Cada porción de terreno de las dimensiones prefijadas, ó equivalentes, se demarcara en la plazuela contigua á cada Iglesia, de modo que pueda servir para el objeto á que se la destina.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 39 de 1892