REQUISITOS DE CREACIÓN Y FUNCIONAMIENTO.Para los efectos de participación deportiva y vinculación con el Sistema Nacional del deporte, las ligas o asociaciones deportivas Departamentales o del Distrito Capital, en los deportes de gobernanza de organismos por discapacidad, deportes de gobernanza exclusiva de personas con discapacidad, y deportes de gobemanza de IPC, requieren para su funcionamiento:
Un número mínimo de dos (2) clubes deportivos o promotores, o cualquiera de sus combinaciones
Estatutos
Personería jurídica
Reconocimiento deportivo otorgado por la autoridad competente
Las ligas deportivas Departamentales o del Distrito Capital, en las que el deporte para personas con Discapacidad este integrado al deporte convencional, requerirán un número mínimo de clubes para su funcionamiento, reglamentado por el Ministerio del Deporte, en relación con el deporte convencional.
TEXTO CORRESPONDIENTE A