Micelio

Artículo 3

º Duración

Decreto 1492 de 1994 · por el cual se aprueban los estatutos Sociales de Fiduciar-Fiduciaria Popular S.A.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Duración. La sociedad tendrá una duración de veinte (20) años contados desde la fecha del otorgamiento de la escritura pública de constitución, fecha en la cual comienza la existencia jurídica de la sociedad, pero la Asamblea de Accionistas podrá decretar su disolución anticipada, en la forma expresada en estos estatutos o por las causales de ley. Igualmente, podrá ser prorrogado el término de su duración por dicho órgano.

Parágrafo

Para efectos de las decisiones a las cuales se viene refiriendo el presente artículo, se requiere voto favorable de un número plural de accionistas que represente, cuando menos, el setenta por ciento (70%) de las acciones presentes en la respectiva reunión.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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