Micelio

Artículo 2.2.4.8.3.1

Competencia Para Establecer La Capacidad

Decreto 1074 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Competencia para establecer la capacidad. Será competente para establecer la capacidad de un atractivo turístico la autoridad a cargo de la regulación de dicho atractivo, así:

Parágrafo 1

Cuando sobre un mismo atractivo turístico sean competentes dos o más entidades, estas deberán fijar la capacidad del atractivo conjuntamente.

Parágrafo 2

Cuando se trate de atractivos turísticos ubicados en las áreas protegidas del Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SINAP), la capacidad de carga será fijada por la respectiva autoridad ambiental, atendiendo también los lineamientos establecidos por el Ministerio de Ambiente y Desarrolle Sostenible.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1074 de 2015