Micelio

Artículo 1

Modifícase El Artículo 1° Del Decreto Número 1655-Bis De 1957, En El Sentido De Autorizar La Emisión De Estampillas Postales Con Motivos Alusivos A La Flora Nacional, Únicamente Por Las Siguientes Cantidades Y Valores: Correo Ordinario: Tres Millones (3

Decreto 1757 de 1959 · Por el cual se modifica el Decreto 1655-Bis de 1957, y se ordenan unas emisiones de estampillas postales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Modifícase el artículo 1° del Decreto número 1655-Bis de 1957, en el sentido de autorizar la emisión de estampillas postales con motivos alusivos a la flora nacional, únicamente por las siguientes cantidades y valores: Correo Ordinario: Tres millones (3.000.000) de estampillas de cinco centavos ($0.05). Doscientas mil (200.000) estampillas de veinte centavos ($0.20). Correo Aéreo "Avianca" Un millón quinientas mil (1.500.000) estampillas de un peso con veinte centavos ($1.20). Correo Extra - Rápido Dos millones (2.000.000) de estampillas de cinco centavos ($0.05). Tres millones (3.000.000) de estampillas de diez centavos ($0.10).

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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