Micelio

Artículo 147

Remuneración De Profesores De Tiempo Incompleto

Decreto 654 de 1975 · Por el cual se reglamentan algunas disposiciones del Decreto 2337 de 1971, orgánico de la Carrera de los Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Remuneración de profesores de tiempo incompleto. El profesor militar de tiempo incompleto tendrá derecho a que se le pague la remuneración fijada para cada hora de clase conforme a su categoría sin que el total de clases remuneradas en el mes, en los distintos institutos del ramo de defensa, pueda sobrepasar de veinte (20) horas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 654 de 1975