Micelio

Artículo 3

Ley 20 de 1886 · por la cual se da una autorización al Banco Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art 3°. Cuando sea necesario hacer emisiones especiales para retirar de la circulación billetes que hubieren sufrido deterioro, estos serán incinerados en el momento en que entren a las cajas del Banco, y con las formalidades establecidas en su Estatutos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 20 de 1886