En ningún caso podrán ser despachadas recetas que contengan prescripción de sustancias puras. Solo podrán despachasen las que estén en condiciones de inmediata aplicación a los enfermos.
Decreto 1727 de 1940 →Vigente
Artículo 46
En Ningún Caso Podrán Ser Despachadas Recetas Que Contengan Prescripción De Sustancias Puras
Decreto 1727 de 1940 · Por el cual se reglamenta el comercio y el uso de drogas que forman hábito pernicioso
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.