º . Son funciones del Comité Nacional de Emergencias
Tomar las medidas necesarias para prevenir, si fuere posible, los desastres o para atenuar sus efectos;
P romover la elaboración de los análisis de vulnerabilidades y de los planes de contingencia multisectoriales;
Señ alar las entidades y establecimientos que deban participar en las labores de prevención, atención y reconstrucción;
De clarar el estado de emergencia;
Planificar las tareas que deban realizarse e impartir las órdenes que deban cumplirse para prestar ayuda y asistencia en casos de desastres;
Vigilar el cumplimiento de los programas de control de los efectos de los desastres, especialmente en lo relacionado con la aparición y propagación de epidemias;
Promover durante el periodo de rehabilitación y recons trucción, el saneamiento ambiental de la comunidad afectada por desastres;
Declarar el estado de vuelta a la normalidad de una comunidad afectada por un desastre;
Solicitar ayuda y auxilio s a otros países y a organismos internacionales, indicando tipo, clase, condiciones y formas en que estas ayudas deban llegar al país o a la comunidad afectada;
Integrar los Comités de Emergencia en los Departamentos, Intendencias, Comisarías y Municipios fijando su competencia, jurisdicción y relaciones.