Por el Ministerio de Obras Públicas se dictarán las medidas conducentes a comprar a la Municipalidad de Bogotá el sitio en donde fue enterrado en el cementerio de esta ciudad el cadáver del señor General Roa y a que se le levante en el mismo sitio un monumento que testifique la gratitud de la Nación para con este abnegado servidor público. Los gastos que demande el cumplimiento de esta disposición sean de cargo de Estado y se tendrán por incluidos en el Presupuesto de gastos de la vigencia en curso.
Ley 77 de 1915 →Vigente
Artículo 1
Ley 77 de 1915 · que honra la memoria del señor General don Antonio Roa Díaz
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.