Micelio

Artículo 22

Ley 84 de 1989 · por la cual se adopta el Estatuto Nacional de Protección de los Animales y se crean unas contravenciones y se regula lo referente a su procedimiento y competencia.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La violación de lo dispuesto en éste capítulo será sancionada con multa de dos mil ($ 2.000.00) a treinta mil pesos ($30.000.00), sin menoscabo de otras normas que sean aplicables.

Del uso de animales vivos en experimentos e investigación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 84 de 1989