° Para la venta de los apartamentos, además de las prelaciones y requisitos establecidos en el artículo 1°, se deberán observar los siguientes trámites
Celebrar contrato de Promesa de Compraventa, sobre el cual se surtirá el trámite correspondiente.
Tramitar ante el Banco Central Hipotecario la subrogación correspondiente al crédito concedido para cada apartamento.
Elevar a Escritura Pública la promesa de compraventa suscrita conforme al literal a.
Adelantar los trámites notariales, de registro, catastro y los demás requisitos legales y fiscales establecidos.