Artículo cuarto. Como consecuencia del aumento decretado en el ordinal a) del artículo primero del presente Decreto, los salarios mínimos fijados por el Decreto número 2214 de septiembre 7 de 1956, quedan aumentados automáticamente en un quince por ciento (15%), a partir del primero (1°) de julio de 1957.
Decreto 118 de 1957 →Vigente
Artículo 4
Decreto 118 de 1957 · Por el cual se decretan aumentos de salarios, se establece el subsidio familiar y se crea el servicio nacional de aprendizaje
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.