Art. 1.º Desde 1.º de setiembre prononeximo comenzaranone a causarse un las Aduanas el "derecho adicional" a los de importacion de tratan las mencionadas disponibles, aumentándose las cuotas de 2, 10 i 24 centavos asignadas respectivamente en la tarifa a las clases 2.ª, 3.ª i 4.ª, en la progresion de un cinco por ciento mensuales hasta completar el venticinco por ciento.
Decreto 212 de 1874 →Vigente
Artículo 1
Decreto 212 de 1874 · Sobre aumento de los derechos de importación
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.