° Declárase fuera del comercio inmueble a que se refiere el artículo anterior, y en consecuencia, nadie podrá realizar en él demoliciones, construcciones o reformas que no sean autorizadas por el Gobierno.
Decreto 1519 de 1956 →Vigente
Artículo 3
Declárase Fuera Del Comercio Inmueble A Que Se Refiere El Artículo Anterior, Y En Consecuencia, Nadie Podrá Realizar En Él Demoliciones, Construcciones O Reformas Que No Sean Autorizadas Por El Gobierno
Decreto 1519 de 1956 · Por el cual se declara monumento nacional la casa donde nació el doctor José Manuel Restrepo Vélez
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.