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Artículo 207

El Ministerio De Relaciones Exteriores Señalará El Valor De Los Derechos Consulares Que Se Causarán En Razón De La Expedición De Las Visas Previstas En El Presente Decreto, A Favor Del Fondo Rotatorio De Dicho Ministerio

Decreto 2371 de 1996 · Por el cual se dictan disposiciones sobre expedición de visas, control de extranjeros y se dictan otras disposiciones en materia de inmigración.

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Ministerio de Relaciones Exteriores señalará el valor de los derechos consulares que se causarán en razón de la expedición de las visas previstas en el presente decreto, a favor del Fondo Rotatorio de dicho Ministerio. Así mismo, el Departamento Administrativo de Seguridad, DAS, establecerá el valor de los derechos que se causen por concepto de expedición de documentos, de conformidad con la competencia que le confiere este Decreto, a favor del Fondo Rotatorio de dicho Departamento Administrativo.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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