La Sección podrá comprar con destino a las estaciones experimentales nacionales y a las granjas departamentales de demostración o a las granjas que funde la Federación Nacional de Cafeteros, los reproductores de toda clase de ganado que se destinan a la venta, lo mismo que las aves de corral, plantas y materiales requeridos para la organización y funcionamiento de estos establecimientos, y los suministrará al precio de costo, sin el recargo de reservas contemplado en el artículo 9º.
Artículo 12
La Sección Podrá Comprar Con Destino A Las Estaciones Experimentales Nacionales Y A Las Granjas Departamentales De Demostración O A Las Granjas Que Funde La Federación Nacional De Cafeteros, Los Reproductores De Toda Clase De Ganado Que Se Destinan A La Venta, Lo Mismo Que Las Aves De Corral, Plantas Y Materiales Requeridos Para La Organización Y Funcionamiento De Estos Establecimientos, Y Los Suministrará Al Precio De Costo, Sin El Recargo De Reservas Contemplado En El Artículo 9º
Decreto 62 de 1929 · Por el cual se reglamentan los artículos 8°, 9°, 10, 11, 13, 14, 15 y 16 de la ley 49 de 1927, sobre creación en el Banco Agrícola Hipotecario de la sección de provisión agrícola
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.