El Ministerio de Relaciones Exteriores y los Viceministros tendrán derecho por concepto de viáticos diarios hasta la suma de cuatrocientos dólares americanos (US$ 400) y trescientos cincuenta dólares americanos (US$ 350) respectivamente cuando deban cumplir comisiones de servicios en el exterior.
Artículo 12
El Ministerio De Relaciones Exteriores Y Los Viceministros Tendrán Derecho Por Concepto De Viáticos Diarios Hasta La Suma De Cuatrocientos Dólares Americanos (Us$ 400) Y Trescientos Cincuenta Dólares Americanos (Us$ 350) Respectivamente Cuando Deban Cumplir Comisiones De Servicios En El Exterior
Decreto 42 de 1998 · por el cual se fijan las asignaciones básicas mensuales, la prima de costo de vida, el subsidio por dependientes, los gastos de representación y se dictan otras disposiciones en materia salarial para los funcionarios diplomáticos, consulares y administrativos del servicio exterior de la República de Colombia.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.