Micelio

Artículo 36

Decreto 2608 de 1988 · Por el cual se expide el Estatuto Disciplinario de los Establecimientos Públicos de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado, adscritos o vinculadas al Ministerio de Defensa Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

DE LAS CLASES DE SANCIONES. Las faltas leves dan origen a la aplicación de una de las siguientes sanciones

a)

Amonestación escrita sin anotaciones en la hoja de vida;

b)

Censura con anotación en la hoja de vida;

c)

Multa que no exceda de la quinta parte del sueldo mensual. El concurso de faltas, las faltas graves o la reincidencia en faltas leves, dan origen a la aplicación de una de las siguientes sanciones: a) Suspensión en el ejercicio del cargo hasta por treinta (30) días, sin derecho a remuneración; b) Destitución. Para efectos de la reincidencia en las faltas leves, se tendrán en cuenta las faltas cometidas por el empleado en los doce (12) meses inmediatamente anteriores a la comisión de la que se juzga.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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