Micelio

Artículo 2

º

Decreto 2924 de 1994 · por el cual se suprimen unos cargos de la Planta de Personal del Ministerio de Salud y se aprueba el Acuerdo número 03 de octubre 20 de 1994, emanado de la Junta Directiva de la Empresa Social del Estado Centro Dermatológico Federico Lleras Acosta, por el cual se establece la planta de personal de la Empresa Social del Estado Centro Dermatológico Federico Leras Acosta.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 2 º . Los Empleados Públicos escalafonados en Carrera Administrativa, a quienes se les suprima el cargo y no fueren incorporados en la planta de personal de la Empresa Social del Estado Centro Dermatológico "Federico Lleras Acosta" de conformidad con el artículo 24 del Decreto 1257 de 1993, tendrán derecho a una indemnización en los términos y condiciones establecidos por el artículo 236 de la Ley 100 de 1993.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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