Micelio

Artículo 7

A Partir Del 1° De Enero De 2012, La Remuneración Mensual De Los Procuradores Regionales Creados Por El Artículo 9° Del Decreto 264 De 2000 En La Planta De La Procuraduría General De La Nación, Será De Nueve Millones Doscientos Ochenta Y Dos Mil Veinticuatro Pesos ($9

Decreto 841 de 2012 · por el cual se dictan normas sobre régimen salarial y prestacional para los servidores públicos de la Procuraduría General de la Nación y la Defensoría del Pueblo

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. A partir del 1° de enero de 2012, la remuneración mensual de los Procuradores Regionales creados por el artículo 9° del Decreto 264 de 2000 en la planta de la Procuraduría General de la Nación, será de nueve millones doscientos ochenta y dos mil veinticuatro pesos ($9.282.024) moneda corriente, distribuida así: Asignación Básica 4.584.343 Gastos de Representación 3.578.663 Prima Especial 1.119.018

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 841 de 2012