Micelio

Artículo 1

Decreto 1118 de 1949 · por el cual se crean unos cargos en el Ministerio de Obras Públicas (ramo de Carreteras Nacionales).

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único. A partir de la fecha del presente Decreto, créanse los siguientes cargos en la Zona de Carreteras Nacionales de Quibdó: Un Subalmacenista, con asignación mensual de $ 250; Un Oficial de Estadística, con $250 mensuales; Un Mecanógrafo, con asignación de $ 150 mensuales; Un Enfermero-Farmaceuta, con $ 200 mensuales; Dos Enfermeros, cada uno con $ 150 mensuales; Un Inspector, con asignación mensual de $ 250; Un Jefe de Talleres, con $ 380 mensuales.

Parágrafo

El valor de los sueldos de los cargos creados será pagado, proporcionalmente con cargo a los presupuestos de la. Zona y de las obras cuya ejecución esté a cargo de la Zona de Carreteras Nacionales de Quibdó.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1118 de 1949