Artículo séptimo. Son funciones de la Sección de Documentación Educativa
Responder a ente Director de la oficina por el cumplimiento de sus funciones.
Recolectar los documentos necesarios sobre la educación y la cultura de todo el país que requiera el Ministerio de Educación, con entidades oficiales, internacionales y particulares y con otros organismos de educación que funcionen en el país.
Organizar conjuntamente con la Biblioteca Central del Ministerio de Educación un Centro de Documentación Pedagógica, para información e investigación con fines aplicables a la educación.
Promover coordinadamente con las dependencias correspondientes del Ministerio, mediante concursos o directamente, la selección y publicación de textos escolares que deban ser adoptados por los establecimientos de educación pública y privada en todo el país.
Recopilar y publicar con asesoría de la Oficina Jurídica del Ministerio toda la legislación colombiana sobre educación.
Mantener informadas a las Secretarias de Educación Departamental, Municipal, a las Universidades, a las agencias de los organismos internacionales de educación y a los establecimientos públicos ¡y privados de educación, sobre las nuevas disposiciones legales sobre educación.
Publicar los documentos necesarios para uso del Ministerio de Educación, de las entidades oficiales y particulares y de los organismos internacionales.
Intercambiar información, material pedagógico, educativo y de planeamiento con los representantes culturales de los países con los cuales se mantengan relaciones diplomáticas amistosas y con los diferentes organismos internacionales.
Las demás que le señale el Ministerio de Educación por Resolución.