Micelio

Artículo 7

Decreto 3278 de 1963 · Por el cual se reorganiza la Oficina de Planeamiento, Coordinación y Evaluación del Ministerio de Educación Nacional

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo séptimo. Son funciones de la Sección de Documentación Educativa

a)

Responder a ente Director de la oficina por el cumplimiento de sus funciones.

b)

Recolectar los documentos necesarios sobre la educación y la cultura de todo el país que requiera el Ministerio de Educación, con entidades oficiales, internacionales y particulares y con otros organismos de educación que funcionen en el país.

c)

Organizar conjuntamente con la Biblioteca Central del Ministerio de Educación un Centro de Documentación Pedagógica, para información e investigación con fines aplicables a la educación.

d)

Promover coordinadamente con las dependencias correspondientes del Ministerio, mediante concursos o directamente, la selección y publicación de textos escolares que deban ser adoptados por los establecimientos de educación pública y privada en todo el país.

e)

Recopilar y publicar con asesoría de la Oficina Jurídica del Ministerio toda la legislación colombiana sobre educación.

f)

Mantener informadas a las Secretarias de Educación Departamental, Municipal, a las Universidades, a las agencias de los organismos internacionales de educación y a los establecimientos públicos ¡y privados de educación, sobre las nuevas disposiciones legales sobre educación.

g)

Publicar los documentos necesarios para uso del Ministerio de Educación, de las entidades oficiales y particulares y de los organismos internacionales.

h)

Intercambiar información, material pedagógico, educativo y de planeamiento con los representantes culturales de los países con los cuales se mantengan relaciones diplomáticas amistosas y con los diferentes organismos internacionales.

i)

Las demás que le señale el Ministerio de Educación por Resolución.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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