Micelio

Artículo 142

Decreto 1843 de 1991 · por el cual se reglamentan parcialmente los Títulos III, V, VI, VII y XI de la Ley 09 de 1979, sobre uso y manejo de plaguicidas.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Del registro de productos para uso en salud pública. Para plaguicidas de uso en edificaciones, vehículos, productos almacenados o no y área pública, los interesados deberán además de lo prescrito en el artículo anterior, efectuar los registros correspondientes ante la División de Sustancias Potencialmente Tóxicas del Ministerio de Salud, para lo cual el interesado deberá cumplir las disposiciones legales vigentes al respecto. Los conceptos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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