Los Demás Tratamientos Especiales Establecidos En La Ley 218 De 1995 Se Aplicarán Hasta El 31 De Diciembre Del Año 2003, Salvo Lo Dispuesto En El Parágrafo Del Artículo 5 Y El Literal A) Del Artículo 12 De La Citada Ley A Los Cuales Esta Ley Les Señaló Su Vigencia
Decreto 529 de 1996 · Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 218 del 17 de noviembre de 1995
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
º. Los demás tratamientos especiales establecidos en la Ley 218 de 1995 se aplicarán hasta el 31 de diciembre del año 2003, salvo lo dispuesto en el
Parágrafo
del artículo 5 y el literal a) del artículo 12 de la citada ley a los cuales esta ley les señaló su vigencia.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.