Es entendido que cada una de las entidades de donde habrá de surgir a la vida el Patronato Colombiano de Artes y Ciencias, continuará sus actividades independientes, sin que el Patronato pueda para nada inferir en aquéllas, salvo para estimularlas con auxilios especiales, coordinar las actividades de una con otras y llenar los vacíos que eventualmente fuere necesario suplir.
Ley 103 de 1963 →Vigente
Artículo 6
Ley 103 de 1963 · Por la cual se crea el Patronato Colombiano de Artes y Ciencias
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.