°. Las personas, sin haber cometido ninguna de las Infracciones descritas en este estatuto, están afectadas por el consumo de drogas o sustancias que producen dependencia física o síquica, serán enviadas a los establecimientos señalados en los artículos 4 y 5 del Decreto 1136 de 1970, de acuerdo con los procedimientos señalado por ese Decreto. CAPITULO IX Consejo Nacional de Estupefacientes
Decreto 1188 de 1974 →Vigente
Artículo 80
Las Personas, Sin Haber Cometido Ninguna De Las Infracciones Descritas En Este Estatuto, Están Afectadas Por El Consumo De Drogas O Sustancias Que Producen Dependencia Física O Síquica, Serán Enviadas A Los Establecimientos Señalados En Los Artículos 4 Y 5 Del Decreto 1136 De 1970, De Acuerdo Con Los Procedimientos Señalado Por Ese Decreto
Decreto 1188 de 1974 · Por el cual se expide el Estatuto Nacional de Estupefacientes
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.