Micelio

Artículo 4

Ley 11 de 1905 · Sobre asignaciones de algunos empleados nacionales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 4° El Subjefe de la Sección 1.ª del Ministerio de Gobierno será el Jefe de la misma, y el Oficial 1.° será Oficial Mayor. Ambos disfrutarán de los sueldos de los empleados de su categoría.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 11 de 1905