Micelio

Artículo 5

Decreto 946 de 1976 · Por el cual se ordena la emisión y se fijan las características de los títulos de deuda pública interna denominados "Bonos de Desarrollo Económico", emisión 19

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo quinto. Una vez emitidos los Bonos a que se refiere este Decreto, la Dirección General de Tesorería hará entrega de ellos a la Dirección General de Crédito Público, en la forma y cuantía que disponga el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y aquella procederá a colocarlos por el valor nominal. El producto de la colocación de los Bonos será consignado a órdenes de la Tesorería General de la República.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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