Intereses sobre la sanción. La falta de pago de las sanciones pecuniarias que se impongan, da lugar al pago de intereses de mora a partir del día siguiente al plazo establecido para el pago, calculados a la máxima tasa certificada por la Superintendencia Bancaria para los mismos al menos para el día anterior a la fecha del pago. T I T U L O VIII DISPOSICIONES FINALES
Decreto 1492 de 1998 →Vigente
Artículo 78
Intereses Sobre La Sanción
Decreto 1492 de 1998 · por el cual se establece el régimen unificado de contraprestaciones que se causen y deban pagarse a las entidades concedentes en materia de telecomunicaciones, por concepto de concesiones, autorizaciones, permisos y registros que se otorguen de conformidad con sus facultades y competencias legales, así como los procedimientos para su liquidación, cobro, recaudo y pago.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.