º . Clausura de sesiones del Congreso Nacional. A. El desplazamiento del señor Presidente de la República al Capitolio Nacional en compañía de los Ministros del Despacho, los mandos militares y las Comisiones del Senado y la Cámara, se llevará a cabo en igual forma a la establecida para su instalación. B. En el recinto de cada corporación, una vez el Jefe del Estado haya ocupado su puesto, se cumplirá el siguiente programa
Discurso del señor Presidente de la corporación.
Discurso del Jefe del Estado.
Declaratoria de clausura de sesiones del Congreso Nacional, por parte del señor Presidente de la República.
Es potestativo del Primer Mandatario su asistencia a la instalación o clausura del Congreso. En caso de no hacerlo personalmente podrá designar un Ministro del Despacho en su representación.