Micelio

Artículo 5

Decreto 770 de 1982 · Por el cual se expide el Reglamento del Protocolo y Ceremonial de la Presidencia de la República

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Clausura de sesiones del Congreso Nacional. A. El desplazamiento del señor Presidente de la República al Capitolio Nacional en compañía de los Ministros del Despacho, los mandos militares y las Comisiones del Senado y la Cámara, se llevará a cabo en igual forma a la establecida para su instalación. B. En el recinto de cada corporación, una vez el Jefe del Estado haya ocupado su puesto, se cumplirá el siguiente programa

1.

Discurso del señor Presidente de la corporación.

2.

Discurso del Jefe del Estado.

3.

Declaratoria de clausura de sesiones del Congreso Nacional, por parte del señor Presidente de la República.

Parágrafo

Es potestativo del Primer Mandatario su asistencia a la instalación o clausura del Congreso. En caso de no hacerlo personalmente podrá designar un Ministro del Despacho en su representación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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