Micelio

Artículo 4

Ley 116 de 1948 · Por la cual la Nación se asocia a la celebración del primer cincuentenario de la fundación de la Sociedad de mejoras Públicas de Medellín

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Una placa en bronce será colocada por el Gobierno en el salón principal de la Sociedad, con esta inscripción:

El Congreso de Colombia a la Sociedad de Mejoras de Medellín en el primer cincuentenario de su fundación - Febrero 9 de 1949.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 116 de 1948