Micelio

Artículo 60

De Los Funcionarlos Ante Quienes Se Toma Posesión Del Cargo

Decreto 1468 de 1979 · Por el cual se reglamenta el decreto 694 de 1975

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De los funcionarlos ante quienes se toma posesión del cargo. Los Jefes de los Servicios Seccionales de Salud tomarán posesión ante el Ministro o el Gobernador respectivo, sea un lo estipulado en el Contrato de Integración. Los Jefes de las Unidades Regionales ante el correspondiente Jefe leí Servicio Seccional de Salud, los Directores de los Hospitales Locales ante el Jefe de la Unidad Regional o conforme a sus estatutos; los demás empleados ante el Jefe del organismo correspondiente o el funcionario en quien se laya delegado esa facultad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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