Los gastos de cada dependencia tendrán el siguiente orden de prioridad para su giro:
Primera prioridad.
Servicios personales.
Transferencias de ley, cuota patronal, Caja de Previsión, SENA, ESAP, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF).
Aporte a COINCO para programa Gestión. Delegada (Agentes Fiscales ).y el de SAINCO.
Auxilio Radioperador DAINCO
Servicio de la deuda.
Segunda prioridad.
Gastos generales.
Tercera prioridad.
Demás, transferencias y gastos de inversión.
No podrán emitirse giros, ni hacerse pagos ni refrendarse giros por los funcionarios competentes cuando se hicieren en contravención a lo dispuesto en el presente artículo.