El que abusando de una hoja firmada en blanco, que se le ha confiado con el fin de hacer de ella un uso determinado escribe en la misma, o hace escribir, un documento que pueda producir efectos jurídicos en perjuicio de quien la firmó, incurrirá, mediante acusación de la parte lesionada, en reclusión por dos meses a dos años, y multa de cuarenta a trescientos pesos.
Si la hoja que sirve para cometer el delito no se hubiere confiado al culpable, se aplicarán las disposiciones de los capítulos III y IV del Título VI.