°. Además de las funciones que al Administrador de Hacienda nacional de la Intendencia del Chocó señalan los artículos 29 y 30 del Decreto número 1347 de 1905 y el Decreto número 29 de 1907, este empleado tiene el deber de examinar y fenecer en última instancia las cuentas de los Tesoreros municipales de ese territorio.
Decreto 254 de 1907 →Vigente
Artículo 1
Además De Las Funciones Que Al Administrador De Hacienda Nacional De La Intendencia Del Chocó Señalan Los Artículos 29 Y 30 Del Decreto Número 1347 De 1905 Y El Decreto Número 29 De 1907, Este Empleado Tiene El Deber De Examinar Y Fenecer En Última Instancia Las Cuentas De Los Tesoreros Municipales De Ese Territorio
Decreto 254 de 1907 · Por el cual se adicionan los marcados con los números 1847 de 1906 y 29 de 1907
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.